viernes, 20 de junio de 2008
martes, 10 de junio de 2008
miércoles, 23 de abril de 2008
martes, 22 de abril de 2008
lunes, 7 de abril de 2008
LAB2 AFP
Las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones) de Chile son instituciones financieras privadas encargadas de administrar los fondos y ahorros de pensiones. Fueron creadas en noviembre de 1980 por el DL Nº 3500 que reforma el sistema previsional transformándolo en un sistema de capitalización individual de las pensiones de vejez, invalidez y sobreviviencia. Anteriormente, había un sistema de reparto a cargo de las cajas previsionales por medio de las cuales cotizaban y entregaban las prestaciones correspondientes.
PRINCIPALES CARACTERISTICAS DEL SISTEMA AFP
Las AFP tienen las siguientes características:
• La cobertura del sistema es obligatoria para todos los trabajadores dependientes (con contrato de trabajo) y opcional para los trabajadores independientes. En ambos casos la cotización es de un 10% de las remuneraciones y rentas imponibles mensuales. La imposición de los trabajadores dependientes las efectúa el empleador y es obligatoria, mientras que en los independientes es individual y voluntaria. Hay un máximo imponible de 60 UF. Todo monto superior es un ahorro previsional voluntario. Desde el 2002 la administración de estos fondos voluntarios se puede efectuar en otras instituciones aparte de las AFP. Sin embargo la norma ha sido integrarlos dentro de las opciones de la AFP.
• Capitalización individual: Cada afiliado, trabajador particular o público, tienen una cuenta individual única en la cual deposita sus previsiones. Estos depósitos se capitalizan de acuerdo al rendimiento del Fondo de Pensiones de la AFP. Al final de su vida laboral el monto de la cuenta constituye la pensión. En 1987 se crea una cuenta de ahorro voluntario (cuenta dos), de libre disposición de los afiliados una AFP. Esta cuenta puede ser retirada o depositada en la cuenta individual de capitalización.
• La cuenta de indemnización (CAI) creada en noviembre de 1990 crea un mecanismo alternativo para los trabajadores dependientes y trabajadores casas particulares afiliados a la AFP o del antiguo sistema, que estén en situaciones de interrupción de la relación laboral. El empleador efectúa un pago del 4,11% de la remuneración individual imponible por un periodo de 11 años.
• Cada trabajador debe elegir solo una AFP pero cuenta con libre elección. Esto significa que los afiliados pueden cambiar de AFP tantas veces quiera y estimen conveniente. Teóricamente el cambio se debería basar en la rentabilidad del fondo pero existentes bastantes evidencia que en la mayoría de los casos son otros los factores que intervienen.
• Las AFP son sociedades anónimas que administran las cuentas individuales por medio de un Fondo de Pensión. Se efectúa un cobro una comisión de parte de la AFP que es aproximadamente menos de un 3% de la cotización mensual. La AFP realiza todas las acciones financieras en el mercado de valores que estime conveniente. Estas operaciones se enmarquen dentro de la ley y normas para incrementar el valor de la cotización de sus afiliados. Además contratan un
PRINCIPALES CARACTERISTICAS DEL SISTEMA AFP
Las AFP tienen las siguientes características:
• La cobertura del sistema es obligatoria para todos los trabajadores dependientes (con contrato de trabajo) y opcional para los trabajadores independientes. En ambos casos la cotización es de un 10% de las remuneraciones y rentas imponibles mensuales. La imposición de los trabajadores dependientes las efectúa el empleador y es obligatoria, mientras que en los independientes es individual y voluntaria. Hay un máximo imponible de 60 UF. Todo monto superior es un ahorro previsional voluntario. Desde el 2002 la administración de estos fondos voluntarios se puede efectuar en otras instituciones aparte de las AFP. Sin embargo la norma ha sido integrarlos dentro de las opciones de la AFP.
• Capitalización individual: Cada afiliado, trabajador particular o público, tienen una cuenta individual única en la cual deposita sus previsiones. Estos depósitos se capitalizan de acuerdo al rendimiento del Fondo de Pensiones de la AFP. Al final de su vida laboral el monto de la cuenta constituye la pensión. En 1987 se crea una cuenta de ahorro voluntario (cuenta dos), de libre disposición de los afiliados una AFP. Esta cuenta puede ser retirada o depositada en la cuenta individual de capitalización.
• La cuenta de indemnización (CAI) creada en noviembre de 1990 crea un mecanismo alternativo para los trabajadores dependientes y trabajadores casas particulares afiliados a la AFP o del antiguo sistema, que estén en situaciones de interrupción de la relación laboral. El empleador efectúa un pago del 4,11% de la remuneración individual imponible por un periodo de 11 años.
• Cada trabajador debe elegir solo una AFP pero cuenta con libre elección. Esto significa que los afiliados pueden cambiar de AFP tantas veces quiera y estimen conveniente. Teóricamente el cambio se debería basar en la rentabilidad del fondo pero existentes bastantes evidencia que en la mayoría de los casos son otros los factores que intervienen.
• Las AFP son sociedades anónimas que administran las cuentas individuales por medio de un Fondo de Pensión. Se efectúa un cobro una comisión de parte de la AFP que es aproximadamente menos de un 3% de la cotización mensual. La AFP realiza todas las acciones financieras en el mercado de valores que estime conveniente. Estas operaciones se enmarquen dentro de la ley y normas para incrementar el valor de la cotización de sus afiliados. Además contratan un
LAB2 NIC
Los principios y normas de contabilidad generalmente aceptados son reglas y procedimientos necesarios para definir la práctica de contabilidad aceptada en un momento
Con el proceso de globalización de la economía e inversiones directas e indirectas tras fronteras, se ha visto la necesidad de mejorar y armonizar los informes financieros en todo el mundo y formular y publicar normas de contabilidad para ser observadas en la preparación de estados financieros.
El Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC), es la entidad privada independiente que tiene por objetivo lograr uniformidad en los principios y normas de contabilidad que son utilizados por los negocios y otras organizaciones en la información financiera alrededor del mundo. El Colegio de Contadores de Chile A.G. es miembro de IFAC e IASC y ha tomado la responsabilidad de armonizar las normas chilenas con las normas internacionales y propiciar la aceptación y la observación internacional de las Normas Internacionales de Contabilidad ("NIC").
Las fuentes de principios y normas de contabilidad generalmente aceptados en Chile son:
a. Boletines Técnicos promulgados por el Colegio de Contadores de Chile A.G.
b. Las Normas Internacionales de Contabilidad ("NIC") del Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC).
c. Los pronunciamientos de organismos extranjeros compuestos por contadores expertos que deliberan sobre asuntos de contabilidad.
d. Las prácticas o pronunciamientos bastante reconocidos como generalmente aceptados, por representar la práctica sobresaliente, dentro de una industria particular, o la aplicación inteligente en materia de conocimiento a circunstancias específicas de pronunciamientos que son generalmente aceptados.
En ausencia de un Boletín Técnico que dicte un principio o norma de contabilidad generalmente aceptado en Chile, se debe recurrir, preferentemente, a la norma internacional de contabilidad ("NIC") correspondiente. En los casos en que no existiera un Boletín Técnico, ni una NIC, sobre un determinado tema se recomienda aplicar los principios o normas de contabilidad pertinentes de otros organismos internacionales
Explicación de los NIC
• Presentación de estados financieros :
Esta Norma debe aplicarse a la revelación de todas las políticas contables significativas adoptadas para la preparación y presentación de los estados financieros.
TARIFA PARA LA INSCRIPCION DE UNA EMPRESA AL NIC.
Tarifa de Creación
Años de cobertura Valor de la Creación
(19% IVA incluido)
2 $ 20.170
Este pago cubre los dos primeros años de operación del dominio. A este mismo pago están afectos las transferencias de dominios. En el caso de solicitudes de creación de dominios, el pago no será reembolsado ni transferido a otra solicitud si el solicitante con posterioridad se desiste de su solicitud.
Renovación de dominios:
Este monto debe pagarse cada vez que se venza la cobertura desde la última vez que se le cobró a ese dominio. Por ejemplo, la primera renovación ocurre al finalizar los 2 años desde que se pagó la creación.
Tabla de tarifas de Renovación
Años de cobertura Valor de la renovación
(19% IVA incluido) Costo por año
2 $20.170 $10.085
3 $29.750 $9.917
4 $38.852 $9.713
5 $47.506 $9.500
6 $55.717 $9.286
7 $63.521 $9.074
8 $70.930 $8.866
9 $77.970 $8.663
10 $84.659 $8.466
Con el proceso de globalización de la economía e inversiones directas e indirectas tras fronteras, se ha visto la necesidad de mejorar y armonizar los informes financieros en todo el mundo y formular y publicar normas de contabilidad para ser observadas en la preparación de estados financieros.
El Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC), es la entidad privada independiente que tiene por objetivo lograr uniformidad en los principios y normas de contabilidad que son utilizados por los negocios y otras organizaciones en la información financiera alrededor del mundo. El Colegio de Contadores de Chile A.G. es miembro de IFAC e IASC y ha tomado la responsabilidad de armonizar las normas chilenas con las normas internacionales y propiciar la aceptación y la observación internacional de las Normas Internacionales de Contabilidad ("NIC").
Las fuentes de principios y normas de contabilidad generalmente aceptados en Chile son:
a. Boletines Técnicos promulgados por el Colegio de Contadores de Chile A.G.
b. Las Normas Internacionales de Contabilidad ("NIC") del Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC).
c. Los pronunciamientos de organismos extranjeros compuestos por contadores expertos que deliberan sobre asuntos de contabilidad.
d. Las prácticas o pronunciamientos bastante reconocidos como generalmente aceptados, por representar la práctica sobresaliente, dentro de una industria particular, o la aplicación inteligente en materia de conocimiento a circunstancias específicas de pronunciamientos que son generalmente aceptados.
En ausencia de un Boletín Técnico que dicte un principio o norma de contabilidad generalmente aceptado en Chile, se debe recurrir, preferentemente, a la norma internacional de contabilidad ("NIC") correspondiente. En los casos en que no existiera un Boletín Técnico, ni una NIC, sobre un determinado tema se recomienda aplicar los principios o normas de contabilidad pertinentes de otros organismos internacionales
Explicación de los NIC
• Presentación de estados financieros :
Esta Norma debe aplicarse a la revelación de todas las políticas contables significativas adoptadas para la preparación y presentación de los estados financieros.
TARIFA PARA LA INSCRIPCION DE UNA EMPRESA AL NIC.
Tarifa de Creación
Años de cobertura Valor de la Creación
(19% IVA incluido)
2 $ 20.170
Este pago cubre los dos primeros años de operación del dominio. A este mismo pago están afectos las transferencias de dominios. En el caso de solicitudes de creación de dominios, el pago no será reembolsado ni transferido a otra solicitud si el solicitante con posterioridad se desiste de su solicitud.
Renovación de dominios:
Este monto debe pagarse cada vez que se venza la cobertura desde la última vez que se le cobró a ese dominio. Por ejemplo, la primera renovación ocurre al finalizar los 2 años desde que se pagó la creación.
Tabla de tarifas de Renovación
Años de cobertura Valor de la renovación
(19% IVA incluido) Costo por año
2 $20.170 $10.085
3 $29.750 $9.917
4 $38.852 $9.713
5 $47.506 $9.500
6 $55.717 $9.286
7 $63.521 $9.074
8 $70.930 $8.866
9 $77.970 $8.663
10 $84.659 $8.466
domingo, 6 de abril de 2008
LAB2 FORMULARIA CAJA DE COMPENSACION
UNIDAD DE PRESTACIONES FAMILIARESFORMULARIO AF-30FECHA:FOLIO:SOLICITUD DE PRESTACIONES ADICIONALES (AF-30)IMPORTANTE :PLAZO MAXIMO DE PRESENTACION 90 DIAS CONTADOS DE LA FECHA DE OCURRENCIA.I. IDENTIFICACION DE LA EMPRESARUT EMPRESACOD. SUC.RAZON SOCIAL EMPRESAII. IDENTIFICACION DEL TRABAJADORRUT TRABAJADORAPELLIDO PATERNOFECHA CONTRATONOMBRESDIRECCIONN°VILLA-POBLACIONCOMUNAIII. IDENTIFICACION DEL CAUSANTEFECHA DE OCURRENCIANOMBRESPARENTESCOIV. IDENTIFICACION DE LA PRESTACIONNACIMIENTOMATRIMONIODEF. CARGA CONYUGEDEF. CARGADEF. TRABAJADORTIMBRE Y FIRMA EMPRESAFIRMA DEL TRABAJADORTIMBRE Y FIRMA AUTORIZACION C.C.A.F.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------TIMBRE DE CAJATIMBRE Y FIRMA AUTORIZACION C.C.A.F.PODERYo:Trabajador dela EmpresaConfiero podera:Rut:,a fin de que por intermedio de este la C.C.A.Fme cancele la prestación indicada.Atte.FIRMA DEL TRABAJADORNOTA: Para el pago del (de los) Beneficio(s), deberá presentar el RUT del beneficiario y de la persona indicada en el poder.APELLIDO MATERNOAPELLIDO MATERNOAPELLIDO PATERNO
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